domingo, septiembre 21, 2025
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Actas listas: Cámara entrega a la Corte documentos de la reforma pensional

La revisión definitiva que debe hacer la Corte Constitucional a la ley de la reforma pensional por fin parecería que tiene vía libre para que se dé, esto luego de la Cámara de Representantes, después de más de un mes, entregó toda la documentación requerida por el magistrado ponente que es precisamente el presidente de la corte, Jorge Enrique Ibañez.

Precisamente Ibáñez ha requerido a la Cámara de Representantes del envío de las actas aprobadas de los días en que se procedió por la plenaria a suplir un vicio de trámite que se había identificado, este viernes el presidente de la Cámara, Julián López. Incluso López lo anunció con un alto tono de efusividad, “un paso más hacia la justicia social. Entregamos la respuesta sobre las actas de la Reforma Pensional a la Corte Constitucional” y considera que “no es un simple documento: es la esperanza del pueblo, la voz de quienes piden justicia social. Que la Ley 2381 de 2024 sea el inicio de una Colombia más justa e igualitaria. Un paso más hacia la justicia social. Entregamos la respuesta sobre las actas de la Reforma Pensional”.

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El magistrado Ibáñez notificó a López del último plazo para recibir las actas aprobadas y certificadas de las sesiones plenarias de los días 27 y 28 de junio. En el documento entregado este viernes se resalta que «el acta 257 del 28 de junio del 2025, fue votada y aprobada en la sesión plenaria del día 26 de agosto del 2025, cuya acta es la No. 266 de 2025 que se publicó en la gaceta del Congreso No. 1676 del 11 de septiembre del 2025. El acta 256 del 27 de junio del 2025, la cual se llevó a cabo con quórum deliberatorio, fue votada y aprobada en la sesión plenaria del día 26 de agosto del 2025, cuya acta es la No. 266 de 2025, que está publicada en la gaceta del Congreso No. 1676 del 11 de septiembre del 2025”.

Resalta que en esa sesión estuvieron presentes 176 representantes de los cuales 97 dejaron constancias, 72 votaron por el sí y 4 por el no, para un total de 76.

Por su parte la Procuraduría General de la Nación emitió un concepto enviado a la Corte Constitucional en el cual le dice que las actas de las sesiones extraordinarias cumplen una función de transparencia y fe pública a actos internos del Congreso.

Precisa que en el eventual caso de que se haya presentado alguna irregularidad, esto no tiene la virtualidad de viciar la legalidad de la Reforma Pensional (ley 2381 de 2024), “toda vez que las actas no hacen parte del trámite legislativo en sentido estricto, sino que se limitan a fungir como medios de prueba. En tal caso, la Corte Constitucional igual tiene otros medios de prueba idóneos, conducentes y pertinentes, que como las grabaciones de las sesiones, cumplen con los estándares exigidos por la misma Corte”.

Aunque parecería que ya quedó entregado el último documento requerido, desde la oposición, el representante a la Cámara, Juan Espinal (Centro Democrático), insistió en que la reforma pensional es inconstitucional, «la Corte Constitucional en tres oportunidades ha solicitado a la Cámara de Representantes que envíe las actas aprobadas de las sesiones extraordinarias del 27 de junio y el 28 de junio, el Gobierno está desesperado pero la mesa directiva de la Cámara de Representantes nunca podrá enviar esta constancia que exige la Corte Constitucional, porque el 27 de junio nunca se configuró el quorum decisorio que jurídicamente de acuerdo a la ley quinta se tiene que constituir para aprobar el orden del día, donde estaba el punto del anuncio de proyectos, es decir, la reforma pensional que se debatió el 28 de junio en sesiones extraordinarias nunca fue anunciada».

En el mismo sentido se pronunció la representante Katherine Miranda (Alianza Verde), quien declaró que «lo más grave es que esa misma votación, con prácticamente los mismos resultados, ya se había dado el 30 de julio y el 5 y 20 de agosto. Si realmente tuviera validez la votación del 26 de agosto, como lo argumenta el presidente de la Cámara, ¿por qué entonces se puso a consideración en cuatro oportunidades con idénticos resultados? Esto evidencia un claro vicio de procedimiento. Y lo más grave aún, el documento final enviado por el presidente de la Cámara hoy posiblemente constituye un delito en falsedad en documento público y puede abrir la puerta a sanciones disciplinarias».

El ministro del Interior, Armando Benedetti, en días pasados se opuso a la postura que ha tomado el magistrado Ibáñez, quien indicó que “tercera subsanación que se le hace a la Reforma Pensional por los caprichos del magistrado Ibáñez. ¡Ojo! Esto nunca había pasado! Por favor, independencia y respeto de poderes».

Colprensa

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