La decisión de la Corte Constitucional de suspender provisionalmente la actuación del Consejo Nacional Electoral (CNE) contra el presidente, Gustavo Petro, abrió una nueva polémica jurídica y política sobre la independencia del alto tribunal, tras la ponencia del magistrado Vladimir Fernández, exsecretario jurídico de la Presidencia y actual integrante de la Corte.
Se trata del primer caso de alto impacto en el que su ponencia fue clave, y algunos sectores ya se preguntan si su presencia podría marcar una tendencia favorable al Gobierno en decisiones futuras como la reforma pensional o los decretos de emergencia, con implicaciones sobre la percepción de independencia judicial.
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La decisión de suspender la investigación por presuntas irregularidades en la financiación de la campaña presidencial de Gustavo Petro fue adoptada el pasado 24 de abril, con cinco votos a favor y cuatro en contra.
El fallo ordenó suspender la actuación administrativa del CNE, así como los términos de prescripción del proceso, mientras se resuelve de fondo la tutela interpuesta por el mandatario.
Los magistrados que apoyaron la medida consideraron que se debía proteger el fuero del jefe de Estado y evitar un eventual perjuicio por la continuación del proceso en una instancia que podría no tener competencia.
“Tengo que agradecerle a la Corte Constitucional que se haya parado firme”, dijo el presidente Petro al enterarse del fallo. Asimismo, señaló que su Gobierno busca que “el pueblo al final vote por el pueblo y que el pueblo sea poder”.
El argumento central del primer mandatario fue que el CNE no tiene facultades para investigarlo directamente, por tratarse de un funcionario aforado, y que cualquier proceso en su contra debe tramitarse ante la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.
La Corte acogió de manera provisional esa tesis, señalando que permitir que el proceso avance sin resolver previamente la tutela podría generar consecuencias irreversibles, en caso de que se determine la incompetencia del CNE.
UNA RELACIÓN DE VARIOS AÑOS
La ponencia estuvo a cargo de Vladimir Fernández, cuya relación con Petro se remonta al año 2011, cuando integró el equipo de empalme tras la elección de Petro como alcalde de Bogotá. Posteriormente, en 2022, fue designado por Petro como secretario jurídico de la Presidencia, convirtiéndose en su principal asesor legal en el Ejecutivo.
En octubre de 2023, Fernández fue elegido por el Senado como magistrado de la Corte Constitucional, tras ser postulado por el propio Petro. Esta designación generó cuestionamientos sobre su independencia, dada su cercanía con el mandatario. Al respecto, Fernández ha afirmado que su labor en la Corte será independiente y que se declarará impedido en casos donde haya participado previamente como funcionario del Ejecutivo, como en la reforma tributaria o la ley de paz total.
En entrevistas, Fernández ha elogiado al jefe de Estado, describiéndolo como «un hombre que escucha mucho» y que está «sintonizado» con los acontecimientos nacionales e internacionales.
LOS MAGISTRADOS QUE SE APARTARON DE LA DECISIÓN
Cuatro magistrados se apartaron de la decisión: Jorge Enrique Ibáñez, José Fernando Reyes Cuartas, Paola Meneses y Natalia Ángel Cabo. Todos señalaron que no se cumplieron los requisitos jurisprudenciales exigidos para dictar una medida cautelar en el marco de una tutela.
Ibáñez Najar explicó que no se trata de una acción de tutela contra una providencia judicial, sino de una decisión administrativa sobre un conflicto de competencias. Además, consideró que no hay una apariencia suficiente de vulneración de derechos ni un perjuicio inminente que justifique suspender el proceso.
Reyes Cuartas recordó que en el Auto 916 de 2024, la propia Corte reconoció la competencia del CNE para investigar posibles violaciones a los topes de financiación de campañas presidenciales. A su juicio, suspender la caducidad del proceso administrativo constituye una afectación injustificada al marco legal.
Las magistradas Meneses Mosquera y Ángel Cabo cuestionaron que se usara una medida provisional para intervenir en una actuación administrativa que no había sido objeto directo de la tutela, sin haberse demostrado un daño irreparable.
¿DEBIÓ DECLARARSE IMPEDIDO FERNÁNDEZ?
Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, señaló a Colprensa que “la Corte Constitucional colombiana, al igual que ocurre con las cortes constitucionales del mundo, cuentan con perfiles ideológicos y eso es apenas natural”.
Recordó que no es la primera vez que un secretario jurídico de Presidencia llega a la Corte, mencionando los casos de Mauricio González y Cristina Pardo.
“De manera que sería injusto señalar que está en riesgo la independencia en la medida en que esa es una práctica ya común en la historia reciente de nuestro país”, sentenció el jurista.
Sobre la eventual necesidad de que el magistrado Fernández se hubiera declarado impedido, Bernate fue claro: “En la medida en que el magistrado no conoció directamente de lo que dio origen a esta investigación, pues no tendría que haberse declarado impedido en Colombia”.
Aunque reconoció que existe un debate legítimo sobre la “apariencia de imparcialidad”, sostuvo que desde el punto de vista legal actual en Colombia, no hay impedimento.
“No es inapropiado que el actual magistrado haya tomado parte de esa decisión (…) no participa de los hechos que originan esta investigación”, señaló.
Sin embargo, Bernate dejó abierta la discusión sobre incorporar estándares internacionales: “Se puede abrir un debate respecto de aplicar en nuestro país lo que se aplica en todo el mundo, y es que los funcionarios que puedan generar una apariencia de parcialidad deben hacerse a un lado de las decisiones. Ese es un debate válido”.
¿ES SUFICIENTE EL MARCO LEGAL ACTUAL?
Por su parte, el abogado constitucionalista Juan Manuel Charry planteó una visión más crítica, especialmente en lo que respecta a los análisis de fondo que debió hacer el magistrado Fernández antes de intervenir en el caso.
“Si bien es cierto que los impedimentos son taxativos (…) sí se echa de menos que haya habido un análisis cuidadoso de los posibles impedimentos por parte del exsecretario jurídico de la Presidencia en un tema donde uno creería que pudo haber intervenido o pudo haber emitido opinión”, afirmó a esta agencia de noticias.
Charry subrayó que el principio de independencia judicial debe mantenerse como “presupuesto del sistema de pesos y contrapesos”. Y frente al fondo de la decisión, consideró razonable que se haya suspendido la investigación mientras se resuelve la discusión sobre las competencias institucionales en este nuevo tipo de casos:
“Es una nueva figura, la de la violación de topes de financiación de campaña con pérdida del cargo para el candidato elegido, y vale la pena analizar si debe ser tramitada por el CNE o si compete a la Comisión de Acusaciones y al Congreso”.
Pese a los cuestionamientos sobre el rol del magistrado Fernández, Charry aclaró que no se trata de una decisión unilateral: “No hay una decisión de legalidad por parte de un exfuncionario de la Presidencia. Lo que hay es una medida provisional adoptada por la Sala Plena con mayoría de cinco votos. Es decir, no fue una postura individual”.
En su criterio, se trata de una medida “razonable y lógica”, ya adoptada en otros casos, que busca evitar un perjuicio mayor mientras se define de fondo si el CNE es la autoridad competente.
LOS RIESGOS DE UNA CORTE POLITIZADA
El Presidente de la Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ), Hernando Herrera Mercado, explicó en su momento en una entrevista con Colprensa que, entre los potenciales riesgos de una Corte politizada están la afectación de la credibilidad ciudadana en la Justicia, la disminución de la función independiente de la Corte como guardiana de la Constitución y la conversión de los magistrados en “meros amanuenses”.
Esto, añadió, ya ha sucedido en países vecinos, donde se han validado todo tipo de atropellos contra la democracia. “Si la Corte se rompe o quebranta, Colombia, con la democracia más estable de todo el continente, pasará a ser una republiqueta donde la palabra democracia simplemente servirá en materia semántica, pero no como práctica política e institucional”, sentenció Herrera.
EL FUTURO DE LA CORTE
La decisión de fondo sobre la tutela aún está pendiente y definirá si se mantiene o se revoca la competencia del CNE para investigar la campaña presidencial del mandatario. Hasta entonces, la investigación queda congelada y el debate sobre la institucionalidad se mantiene abierto.
El año 2025 ha estado marcado por fuertes cuestionamientos sobre una posible Corte cooptada, ya que cuatro magistrados dejarán el alto tribunal este año. De esos cuatro reemplazos, uno será ternado por Petro, dos por la Corte Suprema de Justicia y uno por el Consejo de Estado.
El primero en hacerlo fue Antonio José Lizarazo, el 6 de febrero, cuyo reemplazo fue el magistrado Miguel Polo Rosero. Le siguen Cristina Pardo, Diana Fajardo Rivera y José Fernando Reyes, el 16 de mayo, el 6 de junio y el 5 de septiembre, respectivamente.
(Colprensa)
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