El Ministerio de Transporte derogó la Circular Externa Conjunta 20254000000867 y estableció que los carros móviles con cámaras o radares solo podrán respaldar controles en vía con la intervención directa de un agente de tránsito.
Control vial con operación directa
La circular retirada, fechada el 24 de diciembre de 2025, regulaba los controles en vía apoyados en dispositivos electrónicos. El Ministerio concluyó que esa disposición mezclaba las reglas de las cámaras automáticas de fotodetección con las aplicables a los equipos tecnológicos usados como apoyo durante un procedimiento realizado por agentes de tránsito.
Con la derogatoria, un vehículo equipado con cámaras o radares no podrá originar comparendos como control en vía sin cumplir las condiciones de esa modalidad. Para usar el dispositivo como apoyo, deberá haber un agente visible e identificado, que opere directamente el equipo y expida el comparendo dentro del procedimiento.
La sola presencia del dispositivo instalado en el vehículo no bastará para ese tipo de control. La regla distingue el procedimiento manual en carretera de los mecanismos que detectan infracciones sin la actuación inmediata de un funcionario.


Fotodetección requiere autorización
Cuando una cámara detecte una infracción de forma automática o semiautomática y el comparendo se genere después, el mecanismo será tratado como un sistema de fotodetección. En esos casos deberá contar con autorización previa de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
También deberán cumplirse las condiciones técnicas, el punto autorizado y la señalización aplicable. El Ministerio instruyó al Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito para que no registre órdenes de comparendo provenientes de esos vehículos cuando no atiendan las exigencias correspondientes.
Elsa Noguera, ministra de Transporte, sostuvo que la tecnología debe aportar a la prevención de accidentes y a la seguridad vial. Cuestionó que un vehículo tome fotografías sin que el conductor lo advierta, al considerar que esa práctica no contribuye a reducir la velocidad ni a prevenir riesgos en la vía.
El senador Gersson Vargas Valdeleón, conocido como Señor Biter, celebró la derogatoria y afirmó que cierra una vía que venía cuestionando en el Congreso. Añadió que buscará información sobre comparendos electrónicos reportados al SIMIT para contrastarlos con los sistemas que tienen autorización.
La resolución aclara que la derogatoria no declara retrospectivamente la nulidad de las actuaciones adelantadas mientras la circular estuvo vigente. Las situaciones jurídicas consolidadas se mantendrán y esos procedimientos deberán analizarse bajo las normas constitucionales, legales y reglamentarias aplicables; la nueva regla operará para controles futuros.










