miércoles, septiembre 16, 2026
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Secretaría de Educación de Arauca aclara alcance de circular sobre información de la comunidad educativa

La Secretaría de Educación Departamental de Arauca explicó que la Circular Externa 334 de 2026 fue expedida para recopilar información técnica solicitada en un derecho de petición y sostuvo que no ordena seguimientos por ideas políticas o filosóficas.

Circular Externa 334 de 2026

Circular Externa 334 de 2026

La actuación se originó en un derecho de petición radicado el 26 de agosto de 2026 por una ciudadana a través del Servicio de Atención al Ciudadano. El trámite fue identificado con el número ARA2026ER007448.

La Secretaría expidió la circular el 7 de septiembre de 2026, dirigida a directivos docentes y docentes orientadores de instituciones educativas oficiales y no oficiales del departamento. La entidad indicó que buscaba reunir insumos para responder los puntos Tercero y Cuarto de la petición.

Las expresiones que generaron controversia, señaló la Secretaría, corresponden a los términos empleados por la peticionaria. La entidad sostuvo que esas formulaciones no son categorías, lineamientos, políticas ni directrices creadas o promovidas por la dependencia.

Registros y protección de datos

Los establecimientos educativos fueron requeridos para verificar, mediante sus archivos internos de convivencia escolar y el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar (SIUCE), si existían registros relacionados con los asuntos consultados. La finalidad era consolidar la información requerida en el trámite administrativo.

La Secretaría afirmó que la circular no ordena investigar, perfilar, identificar ni hacer seguimiento a docentes, estudiantes o integrantes de la comunidad educativa por sus posturas políticas o filosóficas. También indicó que el documento no contempla la revisión de contenidos académicos.

La información que se derive de registros existentes deberá reportarse de forma anonimizada, de acuerdo con el pronunciamiento. La entidad vinculó esa condición con la protección de datos personales, la intimidad y el habeas data.

Como medida de transparencia, la Secretaría pondrá a disposición de la ciudadanía la circular y una versión anonimizada del derecho de petición que dio lugar a la actuación. Ambos documentos podrán solicitarse mediante el Sistema de Atención al Ciudadano.

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