sábado, julio 25, 2026
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Pasaporte gratis en Colombia 2026: quiénes pueden pedir la exención y qué documentos exige la Cancillería

El pasaporte gratis en Colombia 2026 está disponible por vía de exenciones que la Cancillería revisa caso por caso para población priorizada y otros grupos definidos en la norma. El beneficio no se limita a personas con discapacidad y requiere validación previa de documentos, incluido el niveles A, B o C del Sisbén.

Sisbén y población priorizada: el criterio central para la exención

La Cancillería habilitó exenciones para la expedición del pasaporte a ciudadanos que acrediten condiciones específicas previstas en la regulación. Uno de los criterios fundamentales para acceder al beneficio es pertenecer a los niveles A, B o C del Sisbén, certificación que se usa para identificar población priorizada dentro del proceso de validación.

La medida, según precisó la entidad, busca facilitar el acceso al documento de viaje para personas que deben salir del país por motivos como salud, educación, trabajo o reunificación familiar, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Qué piden y cómo se válida el pasaporte gratis en Colombia 2026

La Cancillería advirtió que la exención no es automática. Cada solicitud pasa por una revisión individual realizada por funcionarios, quienes verifican que la documentación esté vigente y corresponda a las condiciones que permiten la gratuidad.

Entre los documentos requeridos se encuentra la cédula de ciudadanía. Cuando corresponda, también se exige el certificado de discapacidad expedido por el Ministerio de Salud y registrado en los sistemas oficiales, para que pueda ser validado durante el trámite.

En Bogotá, los interesados pueden acudir sin cita previa a las sedes Norte y Centro de la Cancillería, donde se revisan los soportes y se válida cada caso. La atención en estos puntos se presta de lunes a viernes, de 7:00 a. m. a 5:00 p. m..

Acompañante y otros grupos que pueden acceder a la gratuidad

La regulación contempla que, en algunos casos, la exención también se aplique a un acompañante mayor de edad. Para esto se debe acreditar parentesco en primer grado o una relación formalmente reconocida, con documentos como registro civil, certificado de matrimonio o soportes de unión marital de hecho.

Además de la población priorizada por Sisbén y las personas con discapacidad, la exención incluye a quienes necesiten viajar al exterior por tratamiento médico especializado, adultos mayores de 62 años, jóvenes menores de 25 años que cursen estudios en el exterior, y trabajadores con contrato internacional. También aplica para niños en condición de adoptabilidad bajo protección del ICBF y para delegaciones deportivas, culturales o científicas que representen a Colombia en eventos internacionales.

En los casos de estudios o trabajo en el exterior, los documentos expedidos fuera del país deben presentarse con traducción al español y apostilla o legalización consular, según corresponda. La exención también contempla a quienes deban desplazarse por la enfermedad grave de un familiar en el extranjero, con soportes que acrediten la situación médica y el vínculo familiar.

Las exenciones se fundamentan en normas como la Ley 1212 de 2008, el Decreto 3455 de 2008, la Ley 2136 de 2021 y la Resolución 6888 de 2021, entre otras disposiciones que regulan la expedición de pasaportes en Colombia.

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