La Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla revocó la absolución de Arcadio Tobías Martínez Pumarejo y lo condenó en segunda instancia a 72 meses de prisión por ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio. La decisión ordenó su captura inmediata.
La absolución y el celular
El Juzgado 14 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Barranquilla había absuelto a Martínez Pumarejo porque consideró que la conducta era objetivamente atípica. El Ministerio Público y la representación judicial de la víctima, Abelardo de la Espriella, a través de su apoderada Natalie Arteta, apelaron esa decisión.
Los recurrentes cuestionaron que el juzgado vinculara la aptitud probatoria del celular con el resultado de su valoración posterior. Argumentaron que el artículo 454B del Código Penal protege elementos capaces de aportar información a una investigación penal, sin exigir que antes hayan sido calificados como prueba decisiva.
El episodio ocurrió después de la captura de Martínez Pumarejo, el 10 de febrero de 2013, durante una actuación de investigadores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) en Barranquilla. En el procedimiento se incautó dinero en efectivo. Más tarde, mientras permanecía bajo custodia en la URI de la ciudad, se produjo el hecho que dio lugar a este juicio.
Según la acusación, Martínez Pumarejo intentó ocultar un teléfono celular BlackBerry en el cielo raso del baño y destruir parcialmente el dispositivo y su tarjeta SIM. La Fiscalía sostuvo que, cuando el funcionario del CTI que lo custodiaba lo descubrió, le ofreció $100 millones para que le permitiera terminar de destruir el equipo y guardara silencio.
La captura se había producido en el contexto de un señalamiento distinto, relacionado con la presunta manipulación del testimonio de Édgar Ignacio Fierro, alias “Don Antonio”, en una investigación por el homicidio de Fernando César Cepeda. Según la teoría de la Fiscalía, Martínez Pumarejo habría ofrecido dinero para modificar ese testimonio y desviar responsabilidades. La condena de segunda instancia corresponde al episodio del elemento material probatorio.
Condena de Arcadio Martínez Pumarejo
La Sala Penal acogió la tesis de los apelantes y consideró que había prueba directa e indicios de la tipicidad objetiva y subjetiva de la conducta. El fallo, conocido el 30 de septiembre de 2026, fue adoptado por unanimidad y tuvo como ponente al magistrado Jorge Eliecer Cabrera Jiménez.
Al revocar la absolución, el tribunal declaró responsable a Martínez Pumarejo del delito de ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio. Además de los 72 meses de prisión, impuso una multa superior a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y negó la concesión de subrogados o beneficios penales.










