sábado, septiembre 12, 2026
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Caso UNGRD: defensa de Olmedo López pide esclarecer quién accedió y manipuló evidencia de un celular

Se rompió la cadena de custodia”: defensa de Olmedo López denuncia eventual manipulación y alteración digital de la evidencia El abogado penalista Jose Moreno se permite alertar a la opinión pública que se rompió la cadena de custodia de cara a un celular que uno de los implicados del macro caso UNGRD entregó voluntariamente a la Fiscalía General de la Nación.

Al momento de la entrega, la defensa y la Fiscalía delimitaron expresamente las condiciones y el alcance del uso de la información, por lo que dicha entrega no puede entenderse como una autorización ilimitada para acceder, reproducir, utilizar o divulgar su contenido. La eventual filtración a medios de comunicación plantea además serios interrogantes sobre la preservación y autenticidad de la evidencia y el respeto por la intimidad y las garantías procesales de los testigos.

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La defensa exige establecer quién tuvo acceso a los dispositivos móviles, quién realizó la extracción, qué copias fueron generadas, cómo fueron preservadas y quién tuvo posteriormente acceso a la información. Una ruptura en la trazabilidad abre además la necesidad de verificar si el material pudo ser manipulado, alterado, editado, seleccionado o incluso intervenido mediante herramientas de inteligencia artificial, antes de su filtración y posterior divulgación en medios de comunicación. Por ello, no basta con fragmentos, capturas,audios, conversaciones o archivos como si fueran necesariamente una reproducción íntegra y auténtica del contenido original.

Si se acredita que la información fue utilizada por fuera de las condiciones acordadas, filtrada a medios de comunicación, o que la prueba sufrió alteraciones que comprometan su autenticidad e integridad, incluida la ruptura de cadena de custodia corresponderá a la autoridad judicial determinar sus consecuencias sobre su valor y eventual utilización dentro del proceso, de conformidad con los artículos 23, 254, 276 y 277 de la Ley 906 de 2004 y el artículo 29 de la Constitución Política.

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