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Recargo dominical al 90%: los cambios laborales que empiezan en Colombia el 1 y 15 de julio de 2026

El recargo dominical al 90% empezó a regir el 1 de julio de 2026 en Colombia y cambia la liquidación de nómina para quienes trabajan domingos y festivos. Dos semanas después, el 15 de julio de 2026, la jornada máxima ordinaria bajará a 42 horas semanales, con ajustes clave para turnos, horas extra y recargos.

Desde el 1 de julio: recargo dominical y festivo al 90%

El aumento del recargo por laborar en días de descanso obligatorio hace parte de la implementación gradual de la Ley 2466 de 2025 (reforma laboral). Con la nueva etapa que rige desde julio de 2026, el recargo pasó al 90% sobre el valor de la hora ordinaria y se mantendrá vigente hasta junio de 2027, antes de subir al 100% en julio de 2027.

El cronograma venía de un 80% entre julio de 2025 y junio de 2026, tras haber estado en 75% hasta junio de 2025. El cambio aplica a trabajadores que prestan sus servicios durante domingos y festivos, y tiene un impacto directo en cómo se liquidan esos turnos en nómina.

Este ajuste se suma a una modificación ya vigente: desde el 25 de diciembre de 2025, la jornada nocturna 7:00 p.m. a 6:00 a.m. quedó con recargo nocturno del 35%, que también aplica a las horas extra nocturnas. Daniel Contreras, socio de la firma de servicios legales Godoy, advirtió que el efecto combinado puede elevar el costo cuando un turno dominical coincide con horario nocturno, por la acumulación de recargos.

El 15 de julio: la jornada laboral máxima baja a 42 horas

El segundo cambio del mes llegará el 15 de julio de 2026, cuando culmina la implementación gradual de la Ley 2101 de 2021: la jornada máxima legal ordinaria bajará de 44 a 42 horas semanales. La reducción, según explicó Laura Pérez, abogada especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social de Scola Abogados, no implica reducción del salario ni de prestaciones, ni del valor de la hora ordinaria.

Pérez señaló que lo que cambia es la forma en que las empresas deben distribuir el tiempo dentro del nuevo límite. También indicó que en los esquemas de distribución previstos en el artículo 165 del Código Sustantivo del Trabajo para periodos de tres semanas, el máximo permitido disminuye: pasa de 138 a 132 horas y, desde el 15 de julio de 2026, a 126 horas.

De forma paralela, el cambio ajusta el cálculo mensual: con 42 horas semanales, la jornada mensual quedará en 182 horas y las horas incluidas en el sueldo pasarán a 214, de acuerdo con el detalle del cronograma de reducción progresiva.

Nómina, turnos y recargos: el reto operativo de julio

Carolina Castro de la Torre, directora del área de Derecho Laboral de Posse Herrera, advirtió que el mes exige especial cuidado porque las disposiciones entran a regir en fechas distintas. Entre otros efectos, las horas que excedan las 42 semanales solo se considerarán extras a partir del 15 de julio, lo que obliga a ajustar la parametrización de los sistemas de nómina.

Los especialistas citados destacaron que la implementación va más allá de mover horarios: implica revisar programación de turnos, cargas de trabajo y ciclos de rotación, especialmente en sectores con operación nocturna o de fin de semana como comercio, servicios, logística, vigilancia, BPO, salud, bares y restaurantes, hotelería y centros de contacto.

Además del impacto por recargos y jornada, el panorama de costos laborales en 2026 también incorpora el salario mínimo, que quedó en $1.750.905, con un auxilio de transporte de $249.095 para quienes devengan hasta dos salarios mínimos. En ese escenario, los expertos insistieron en que el mayor riesgo está en la liquidación: errores en el registro de horas extra o en el pago de recargos pueden derivar en sanciones del Ministerio del Trabajo y reclamaciones judiciales por pagos incompletos.

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