La Procuraduría General de la Nación ha formulado cargos contra dos exfuncionarios de Migración Colombia, Luis Francisco Cante Céspedes y Adriana Paola Cuervo Pulido, por su presunta responsabilidad en actos de acoso sexual contra una oficial de la misma entidad.
Los cargos fueron presentados luego de la denuncia de la víctima, quien alegó haber sido víctima de conductas de acoso, hostigamiento y asedio físico y verbal con fines sexuales no consentidos por parte de Cante Céspedes entre febrero y octubre de 2023.
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De acuerdo con la denuncia, el exdirector de Migración Colombia habría realizado tocamientos no autorizados a la denunciante y proferido comentarios de contenido sexual que afectaban su dignidad.
Estos comportamientos, señala el Ministerio Público, configuran actos de acoso sexual, aprovechando Cante Céspedes su posición de poder como directivo de la institución para ejercer su influencia sobre la víctima. La Procuraduría calificó estos posibles hechos como una grave violación a los derechos de la funcionaria, al considerar que se trató de un abuso de poder y una agresión sexual.
Además, la Procuraduría también ha imputado cargos a Adriana Paola Cuervo Pulido, coordinadora regional Andina de Migración Colombia, quien, a pesar de no haber estado presente durante los presuntos hechos de acoso, habría desacreditado a la víctima.
A través de un correo electrónico dirigido a directivos de Migración Colombia, Cuervo sugería que la denuncia de la víctima podría ser falsa y mencionaba que la forma de vestir de la denunciante podría haber justificado los hechos que estaba viviendo. Según la Procuraduría, esta actitud de la investigada podría haber vulnerado la honra y dignidad de la víctima, además de restarle credibilidad a los hechos denunciados.
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El Ministerio Público destacó que el marco normativo, tanto a nivel nacional como internacional, exige que las autoridades protejan a las mujeres víctimas de violencia, particularmente en contextos laborales, donde el abuso de poder es más evidente.
La Procuraduría citó la “violencia institucional”, un concepto que ha sido respaldado por la Corte Constitucional. Según la Corte, este tipo de violencia puede ser aún más perjudicial que la perpetrada por un particular, ya que se da en un contexto de legitimidad y autoridad pública, lo que fortalece el discurso del agresor.
En este sentido, la Procuraduría enfatizó que no se puede tolerar ningún tipo de agresión sexual, ya sea a través de tocamientos o expresiones verbales o no verbales de contenido sexual, que vulneren la dignidad y el respeto hacia las mujeres.