La Comisión Primera del Senado aprobó en primer debate la reforma constitucional impulsada por el senador Enrique Gómez para que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) termine sus funciones en marzo de 2028. El proyecto también plantea trasladar a la justicia ordinaria los procesos pendientes, una medida frente a la cual la JEP advierte riesgos para los derechos de las víctimas.
El plazo propuesto para la JEP
La iniciativa recibió 11 votos a favor y ninguno en contra el 28 de octubre. Los congresistas de oposición se ausentaron del debate, que constituye apenas el primero de los ocho requeridos para reformar la Constitución. La votación permite que el proyecto continúe su trámite, pero no modifica todavía el periodo de funcionamiento de la JEP.
El texto propone un periodo máximo e improrrogable de diez años para la jurisdicción, contado desde la entrada en operación de la totalidad de sus salas y secciones. Con ese límite, la JEP tendría que terminar sus funciones en marzo de 2028 y los expedientes que sigan abiertos pasarían a la justicia ordinaria.
La reforma busca eliminar la posibilidad de extender el tiempo de actividad de la jurisdicción. El marco constitucional vigente contempla una etapa posterior de cinco años para concluir su labor judicial, que puede ser prorrogada bajo determinadas condiciones y por solicitud de sus magistrados. Esa fase es parte del plazo que cambiaría si el Congreso aprueba la propuesta.
Gómez, del Movimiento de Salvación Nacional, sostiene que la justicia transicional debe conservarse, pero con los asuntos pendientes a cargo de la justicia ordinaria. Durante la discusión cuestionó los gastos, la contratación y los tiempos de resolución de la JEP. Su defensa del proyecto se centró en fijar un límite a la duración de la jurisdicción.
Reparos al traslado de procesos
La JEP advirtió que un cierre definitivo en marzo de 2028 podría dejar investigaciones y juicios sin concluir. A su juicio, esto pondría en riesgo los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. También cuestionó la eliminación de la fase prevista para el juzgamiento y la definición de situaciones jurídicas pendientes.
El tribunal señaló además que el traslado de expedientes a la justicia ordinaria podría afectar la garantía del juez natural y dificultar la continuidad de procesos complejos sobre los crímenes más graves del conflicto armado. Según la JEP, la medida no eliminaría las obligaciones del Estado ni los costos de atender esos casos, que recaerían en otra jurisdicción.
La entidad alertó sobre una posible afectación de compromisos internacionales de Colombia y sobre la eventual reactivación del escrutinio de la Corte Penal Internacional. Por su parte, la senadora Carolina Corcho, del Pacto Histórico, planteó reparos sobre las garantías constitucionales de la justicia transicional y la seguridad jurídica de quienes comparecen ante la JEP.
El proyecto contempla que las decisiones en firme y las pruebas practicadas conserven sus efectos si los procesos son trasladados. También plantea que el cambio de jurisdicción, por sí solo, no imponga condiciones procesales más gravosas a los comparecientes. Son disposiciones de la propuesta, sujetas al resultado del trámite legislativo.
La discusión continuará el 4 de noviembre en un foro con víctimas, magistrados de las altas cortes, firmantes del Acuerdo de Paz y otros participantes. Después del primer debate, la reforma aún debe superar las siguientes votaciones y cumplir los requisitos constitucionales antes de que el límite de 2028 pueda entrar en vigor.

















