miércoles, julio 22, 2026
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Caso pasaportes: Tribunal sanciona al director de la Andje y niega recusación

El caso pasaportes sumó un nuevo episodio judicial: el Tribunal Administrativo de Cundinamarca sancionó a Mariano Ezequiel Barros, director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje), y negó la recusación contra el magistrado que lleva el proceso. Además, ordenó remitir copias a organismos de control para que evalúen su actuación.

Multa de siete salarios mínimos y envío de copias a Procuraduría

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca impuso a Barros una multa de siete salarios mínimos mensuales legales vigentes y dispuso que se enviaran copias del expediente a la Procuraduría General de la Nación y a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá.

La decisión se tomó dentro de una acción popular relacionada con el modelo adoptado para la expedición de pasaportes, en un litigio que busca proteger derechos colectivos y el patrimonio público.

El Tribunal descartó la recusación contra el magistrado Moisés Rodrigo Mazabel

La Andje había recusado al magistrado Moisés Rodrigo Mazabel, quien está a cargo del proceso por el nuevo esquema de expedición de pasaportes. Según el Tribunal, la solicitud presentada el 28 de abril no estuvo respaldada con pruebas que permitieran cuestionar de manera objetiva la imparcialidad del togado.

En su providencia, la Sala recordó que la recusación es un mecanismo excepcional. Solo procede cuando existen circunstancias objetivas que permitan inferir un interés personal, directo o indirecto, del juez en el resultado del proceso.

Bajo ese estándar, el Tribunal concluyó que la agencia no acreditó la causal. Señaló que la recusación se apoyó en planteamientos subjetivos y en desacuerdos con decisiones ya adoptadas durante el trámite, como la admisión de la demanda y su posterior reforma.

La acción popular por el Convenio Interadministrativo 001 de 2025 y el avance del proceso

El litigio se originó por la firma y ejecución del Convenio Interadministrativo 001 de 2025, suscrito con el respaldo de la Imprenta Nacional Casa da Moeda S.A. de Portugal. La acción popular busca la protección de la moralidad administrativa, la defensa del patrimonio público y el acceso eficiente y oportuno a los servicios públicos.

La demanda fue presentada por Nicolás Dupont, director de la fundación Dilo Colombia, contra el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Imprenta Nacional. Tras conocerse la decisión, Dupont celebró el fallo y calificó la actuación de la Andje como un uso abusivo del derecho para eludir consecuencias de una gestión que, a su juicio, afecta los intereses de los ciudadanos en un asunto sensible como la expedición de pasaportes.

En el expediente, el Tribunal también recogió señalamientos del magistrado sobre el efecto acumulativo de incidentes promovidos por las entidades demandadas. Según explicó, esos recursos, incidentes y recusaciones han retrasado el avance hacia una decisión de fondo, al suspenderse de forma reiterada el trámite del caso.

Qué cuestionó la Andje y por qué el Tribunal lo dejó para el debate ordinario

La defensa de la Andje cuestionó decisiones del magistrado Mazabel, como la admisión de la demanda, el manejo del requisito de procedibilidad, la valoración de un eventual perjuicio irremediable, el alcance de la reforma de la demanda y la notificación a la empresa portuguesa vinculada al convenio.

Sin embargo, el Tribunal reiteró que ese tipo de discrepancias —interpretación jurídica, valoración probatoria o motivación de providencias— debe tramitarse por vías ordinarias. En el auto, advirtió que la recusación “no se puede constituir en un mecanismo para cuestionar las decisiones adoptadas”.

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